DE LOS INDIGNADOS ESPAÑOLES

  • No es crisis es estafa
  • Cría ricos y te comerás sus crisis
  • Si no salimos en los periódicos saldremos en los libros de historia
  • Me gustas democracia porque estás como ausente
  • Ya tenemos el sol, ahora la luna
  • El pueblo reflexiona, por eso está en la calle
  • Te oigo quejarte en casa, sal a la calle a que te oigan
  • La única causa de la pobreza es la riqueza
  • Precaución, ciudadanos pensando.
  • Nuestros sueños no caben en vuestras urnas.
  • No somos ilusos somos ilusionistas

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domingo, 15 de abril de 2012



LA LEY DE LA CONSTERNACIÓN

Teníamos la profunda convicción que  jamás volveríamos  a presenciar en nuestro país la promulgación de leyes  antipopulares que respondieran dócilmente al dictado compulsivo de organismos financieros  transnacionales cuya ejecución  necesariamente traería aparejada, como inmediata consecuencia, la fragrante violación de los derechos humanos.  Sin embargo, hoy consternados y atónitos, verificamos  que aquello que creíamos imposible,  ocurrió.
El Frente para la Victoria,  con el incondicional apoyo de sus aliados parlamentarios, incorporó mediante el dictado de ley 26.734, de lucha contra el terrorismo, dos modificaciones al Código Penal argentino en lo atinente a la prevención, investigación y sanción de actividades delictivas con finalidad terrorista, ello con el público y declarado objetivo de cumplir a rajatabla con las exigencias del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI),  organismo indiscutiblemente controlado por los Estados Unidos y creado a instancias del G-7, el grupo de las siete potencias económicas mundiales, mentor a su vez del ampliado G-20, del cual nuestro país forma parte, y en cuyo seno en su alocución brindada el 03.11.2011 en la ciudad de Cannes, Francia,  la Dra. Cristina Fernández de Kirchner encumbro la  necesidad de articulación de un “capitalismo en serio” (sic)  como el aporte argentino para la solución  de la crisis estructural del sistema.
Fue precisamente la modificación del art. 41 del mentado cuerpo legal, el eje que motivó el repudio generalizado de personalidades y organismos de defensa de derechos humanos, la reforma textualmente dice: “Cuando alguno de los delitos previstos en este Código hubiere sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, la escala se incrementará  en el doble del mínimo y el máximo”
Produce escalofríos que la pena máxima de cualquier tipo penal se pueda simplemente aumentar el doble si con el “peligrosómetro” de la ley el juez detectara, en la comisión de cualquier presunto delito, una disposición subjetiva en el hipotético delincuente que indicara  la  existencia de un potencial enemigo de la seguridad pública.
Nunca antes el Congreso, desde la recuperación de la democracia, delegó tanto poder punitivo a favor de las fuerzas de seguridad y de determinados  fueros judiciales.
Históricamente ha quedado demostrado que la habilitación legal que posibilita incrementar la represión punitiva tiene como principal destinatario los grupos mas vulnerables de la población, desdibujándose en la practica -en el caso que nos ocupa-, su aplicación con relación al lavado de dinero o la pretendida financiación del terrorismo internacional.
Los cientos de procesos judiciales abiertos en todo el país que criminalizan la protesta social, gremial o política  prueban que los jueces no reconocen fácilmente -como límite al poder patibulario-, el contenido de los derechos sociales y políticos constitucionales y desdeñan la aplicación de las normas establecidas por los tratados internacionales suscriptos por nuestro país relativos a la salvaguarda de los  derechos humanos.
Ningún organismo internacional  ha podido definir conceptualmente al terrorismo, tampoco los sociólogos y criminólogos, y obviamente los juristas, menos. Sin embargo lo que la mayoría progresista reconoce como terroristas,  son aquellos que cometen  delitos de lesa humanidad y de genocidio.
Resulta paradójico que siendo la Argentina un país que es reconocido en los foros internacionales por la defensa de la vigencia de los derechos humanos apruebe una ley que implica, sin lugar a dudas, un grave y peligroso retroceso que conlleva un evidente riesgo de habilitar la persecución penal contra las personas y organizaciones que luchan por la reivindicación de sus derechos. Baste recordar, a título de ejemplo,  que recientemente en Chile se utilizó judicialmente  la legislación antiterrorista  promovida por el GAFI para reprimir y criminalizar las legítimas protestas de la comunidad mapuche.      
El articular normas que pretendan justificar las potestades estatales de calificar ideologías reconoce en nuestro país tristes antecedentes, tal como la funesta ley 17.401 promulgada en la dictadura de Ongania, que con el pretexto de reprimir al terrorismo comunista otorgaba a la SIDE el poder de calificar a personas o grupos como peligrosos extremistas, otorgando una herramienta que permitía posteriormente a los jueces condenar a cualquiera por su actividad política.
Es legítimo, entonces,  que nos planteemos los siguientes interrogantes: ¿Quién garantizará que con esta ley en la mano, en el futuro, algún gobierno no pretenda definir ideologías, finalidades o intenciones supuestamente “terroristas”? ¿Quién va a decidir, que tal o cual acto, es  o no “terrorista”?
Entre otros, Horacio Verbitsky, en su carácter del presidente del CELS, afirmó que la extorsión del GAFI fue similar a la técnica legislativa que se uso en el 2004 por la presión ejercida por Juan Carlos Blumberg con motivo del secuestro y asesinato de su hijo. Asimismo advirtió que la legislación antiterrorista utiliza conceptos tan abiertos e imprecisos que hacen posible la aplicación de los agravantes a la gama de figuras penales típicamente utilizadas para la criminalización de la protesta social, tales como, la persecución de resistencias a desalojos de campesinos, cortes de vías de circulación o simples actos de protesta en el espacio público.
En su tradicional ronda de los jueves, la titular de Madres de Plaza de Mayo, Hebe de Bonafini, recordó: “Nosotras fuimos atacadas por ser acusadas de  terroristas. Nuestros hijos fueron asesinados por ser acusados de terroristas. Si bien es cierto que con Cristina no hay ningún peligro de condena, puede venir un gobierno facho para utilizar la ley como quiera”.
Por su parte, Nora Cortiñas, de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, aseguro que “La ley está pensada para que no se hagan protestas, porque este no es un país terrorista”
Para el Dr. Zaffaroni, ministro de la Corte Suprema, la ley se trata de “una extorsión del GAFI, un organismo de segunda categoría, que se atribuye mas derechos que las Naciones  Unidas. La Argentina esta condicionada por este organismo que se ocupa de garantizar que el lavado de dinero se haga solamente en el Hemisferio Norte”.
Abuelas de Plaza de Mayo con la firma de su presidenta, Estela de Carlotto,  pidió reevaluar la ley antiterrorista. La organización de derechos humanos señaló: “Si bien el Gobierno Nacional sostiene una política de no represión, los jueces, como poder independiente, serán quienes apliquen  e interpreten esta ley. Ante la heterogénea composición de la magistratura, integrada en muchos casos por jueces de perfil conservador, no faltará quien la interprete en un sentido negativo. Los vacíos legales  de la ley resultan preocupantes, además, porque en el futuro podría llegar al poder un gobierno de derecha, con menor apego al respeto de los derechos humanos, y reprimir la protesta social al amparo de esta ley”
El escritor Mempo  Giardinelli, miembro de la Comisión Provincial de la Memoria, ha manifestado que “La Ley Antiterrorista ha incorporado al Código Penal penas durísimas para cualquier presunto delito hipotéticamente cometido con la finalidad de generar terror en la población, lo que denota un concepto tan abierto, amplio e impreciso que podría llegar a validar cualquier atropello estatal a casi cualquier conducta personal”.
Todas estos coincidentes pronunciamientos, necesariamente motivan al cronista el recordar que en marzo de 2004, Néstor Kirchner  y Lula da Silva, en un acto sin precedentes de ejercicio de la soberanía y la autodeterminación, resolvieron romper con el Fondo Monetario Internacional con la finalidad  de concluir definitivamente con la sujeción a la imposición de políticas económicas condicionantes por parte de los organismos financieros internacionales. Y fue precisamente, también Néstor Kirchner, en el mes de marzo  del mismo año,  el día 24, en ocasión de ordenar descolgar los cuadros de Videla y Bignone de la galería de los comandantes  del Colegio Militar de la Nación, quién en su discurso definió al único terrorismo existente, como terrorismo de estado, calificándolo como una de las formas mas injustificables y sangrientas que le puede tocar vivir a una sociedad.
Cabe finalmente preguntarse si la vergonzosa genuflexión ante el GAFI y el G 20, sancionando una ley antiterrorista de las lamentadas características señaladas, no implica un evidente cambio de paradigma que lejos de profundizar el modelo iniciado en el 2003 retrotrae incalificablemente  la historia de nuestro país poniendo en situación de riesgo la convivencia democrática, lograda en el marco de un estado de derecho, que la mayoría de los argentinos hemos sabido construir en estos años.
                                                                                           J. R.

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